Cuando una persona natural o jurídica desee cumplir con el pago de la deuda a su acreedor, podrán arribar acuerdos sobre la forma de pago. Es el acto jurídico por el que el deudor manifiesta al acreedor que va a cumplir la obligación y le requiere para que coopere en la medida indispensable para que la prestación pueda realizarse en favor del acreedor.
Requisitos para la conciliación en el ofrecimiento de pago:
Copia de DNI del solicitante.
Copia de documento de préstamo de dinero.
Copia de carta notarial requiriendo pago de deuda.Te garantizamos solucionar tu conflicto con armonía, rapidez, seguridad y economía, otorgándote acuerdos exigibles y ejecutables ante el Poder Judicial. Ubícanos en Santiago Principal 961 - B2 o comunícate al Celular: ☎ 997094690.