Divorcio

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actas de conciliación para divorcio y actas de conciliación para liquidación de bienes gananciales. Ubícanos en Santiago Principal 961 B2 - ☎ Celular. 997094690.

Divorcio Rápido
El divorcio rápido es la disolución del vínculo matrimonial, por acuerdo de ambos cónyuges, dicho proceso puede ser solicitado ante cualquier Notaria Pública o Municipalidad del último domicilio conyugal. Es un procedimiento rápido, ágil y flexible que en solo 3 meses pone fin al vínculo matrimonio civil, cumpliendo los requisitos que se expone a continuación.

REQUISITOS:
  • Partida de Nacimiento de los Hijos (vigencia no mayor a 1 mes)
  • Partida de Matrimonio (vigencia no mayor a 1 mes)
  • Copia del DNI de los cónyuges

REQUISITOS ESPECIALES PARA EL TRAMITE DE DIVORCIO RAPIDO EN LOS SUPUESTOS:
 Existan hijos menores de 18 años o mayores con incapacidad (Será necesario un acta de conciliación para determinar régimen de visitas, custodia, pensión de alimentos y tenencia).

 Existan bienes inmuebles o muebles que hayan adquirido dentro del matrimonio (Será necesario un acta de conciliación para liquidar bienes gananciales).

Uno de los requisitos para iniciar el trámite del Divorcio es liquidar la sociedad de gananciales, estableciendo cuales son los bienes de la sociedad conyugal y repartirlos conforme a que ambos cónyuges acuerden.

• ACTA DE CONCILIACIÓN PARA DIVORCIO (por hijos menores de 18 años o mayores con incapacidad) tiene que ser por acuerdo total, respecto a los siguientes puntos.

REQUISITOS :
  • Partida o acta de matrimonio (antigüedad no mayor a 1 mes)
  • Partida o acta de nacimiento de los hijos menores de edad (antigüedad no mayor a 1 mes)
  • Solicitud: Describir en forma precisa los hechos materia del conflicto.
PODER: Cuando se actúe mediante APODERADO la VIGENCIA DE PODER con antigüedad no mayor a un mes, testimonio del poder y constancia de movimiento migratorio (domiciliado en el extranjero), certificado domiciliario (domicilio en provincia), certificado médico expedido por un Centro de Salud Público o Privado (enfermedad).

• LIQUIDACIÓN DE BIENES GANANCIALES (solo para cónyuges que hayan adquirido bienes muebles o inmuebles)

ELABORACIÓN DE MINUTA
Uno de los requisitos para iniciar el trámite del Divorcio es liquidar la sociedad de gananciales, estableciendo cuales son los bienes de la sociedad conyugal y repartirlos conforme a que ambos cónyuges acuerden.

En esa liquidación los cónyuges tienen varias alternativas, mencionamos algunos: puede adjudicarse el bien inmueble a la cónyuge y el bien mueble al cónyuge o viceversa, o en su defecto adjudicar el 100% solo a uno de los cónyuges, en algunos casos dejan como anticipo de legítima a los hijos.

En cuanto a los detalles específicos, es necesaria la revisión de los documentos y solicitar una consulta presencial.

REQUISITOS:
  • Copia Literal de los bienes Inmuebles (Emitido por los RR.PP)
  • Copia Literal de los bienes Muebles (Emitido por los RR.PP)
  • Copia Simple de la tarjeta de propiedad (auto o camioneta).
El costo de la elaboración de la minuta va depender el tipo de liquidación y el número de bienes a liquidar.



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