actas de conciliación para divorcio y actas de conciliación para liquidación de bienes gananciales. Ubícanos en Santiago Principal 961 B2 - ☎ Celular. 997094690.
Divorcio Rápido
El divorcio rápido es la disolución del vínculo matrimonial, por acuerdo de ambos cónyuges, dicho proceso puede ser solicitado ante cualquier Notaria Pública o Municipalidad del último domicilio conyugal. Es un procedimiento rápido, ágil y flexible que en solo 3 meses pone fin al vínculo matrimonio civil, cumpliendo los requisitos que se expone a continuación.
REQUISITOS:
- Partida de Nacimiento de los Hijos (vigencia no mayor a 1 mes)
- Partida de Matrimonio (vigencia no mayor a 1 mes)
- Copia del DNI de los cónyuges
REQUISITOS ESPECIALES PARA EL TRAMITE DE DIVORCIO RAPIDO EN LOS SUPUESTOS:
Uno de los requisitos para iniciar el trámite del Divorcio es liquidar la sociedad de gananciales, estableciendo cuales son los bienes de la sociedad conyugal y repartirlos conforme a que ambos cónyuges acuerden.
• ACTA DE CONCILIACIÓN PARA DIVORCIO (por
hijos menores de 18 años o mayores con incapacidad) tiene que ser por acuerdo total, respecto a los siguientes puntos.
REQUISITOS :
ELABORACIÓN DE MINUTA
Uno de los requisitos para iniciar el trámite del Divorcio es liquidar la sociedad de gananciales, estableciendo cuales son los bienes de la sociedad conyugal y repartirlos conforme a que ambos cónyuges acuerden.
En esa liquidación los cónyuges tienen varias alternativas, mencionamos algunos: puede adjudicarse el bien inmueble a la cónyuge y el bien mueble al cónyuge o viceversa, o en su defecto adjudicar el 100% solo a uno de los cónyuges, en algunos casos dejan como anticipo de legítima a los hijos.
En cuanto a los detalles específicos, es necesaria la revisión de los documentos y solicitar una consulta presencial.
REQUISITOS:
- Partida o acta de matrimonio (antigüedad no mayor a 1 mes)
- Partida o acta de nacimiento de los hijos menores de edad (antigüedad no mayor a 1 mes)
- Solicitud: Describir en forma precisa los hechos materia del conflicto.
• LIQUIDACIÓN DE BIENES GANANCIALES (solo para cónyuges
que hayan adquirido bienes muebles o inmuebles)
Uno de los requisitos para iniciar el trámite del Divorcio es liquidar la sociedad de gananciales, estableciendo cuales son los bienes de la sociedad conyugal y repartirlos conforme a que ambos cónyuges acuerden.
En esa liquidación los cónyuges tienen varias alternativas, mencionamos algunos: puede adjudicarse el bien inmueble a la cónyuge y el bien mueble al cónyuge o viceversa, o en su defecto adjudicar el 100% solo a uno de los cónyuges, en algunos casos dejan como anticipo de legítima a los hijos.
En cuanto a los detalles específicos, es necesaria la revisión de los documentos y solicitar una consulta presencial.
REQUISITOS:
- Copia Literal de los bienes Inmuebles (Emitido por los RR.PP)
- Copia Literal de los bienes Muebles (Emitido por los RR.PP)
- Copia Simple de la tarjeta de propiedad (auto o camioneta).
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Te garantizamos solucionar tu conflicto con armonía, rapidez, seguridad y economía, otorgándote acuerdos exigibles y ejecutables ante el Poder Judicial. Ubícanos en Santiago Principal 961 - B2 o comunícate al Celular: ☎ 997094690..
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